¿Qué son las ayudas del Plan MOVES III?
El Plan MOVES III es un programa de incentivos financiado por el Gobierno de España y gestionado por la Fundación de la Energía. Su objetivo es promover la transición hacia una movilidad más sostenible y eficiente mediante:
• Subvenciones para la compra de vehículos eléctricos.
• Ayudas para la instalación de puntos de recarga en hogares, comunidades de vecinos y empresas.
Con estas ayudas, los beneficiarios pueden reducir significativamente los costes asociados a la compra de un vehículo eléctrico o la instalación de un punto de recarga, contribuyendo además a disminuir la huella de carbono.
La dotación presupuestaria del Programa MOVES III en la Comunidad de Madrid asciende a un total de 217.912.124,77 € para la concesión de ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos (146.708.779,97 € ) y la implantación de infraestructuras de recarga (71.203.344,80 €).
¿Qué requisitos hay para pedir las ayudas del Plan Moves III?
Si quieres obtener la subvención por la compra de vehículos eléctricos deberás saber lo siguiente:
- Solo podrán percibir esta ayuda vehículos eléctricos y vehículos híbridos enchufables con una autonomía eléctrica mínima de 30 km.
- El precio del vehículo no debe superar los 45.000€ (sin IVA) para turismos y 53.000 € para vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.
Si por otro lado quieres obtener la subvención por la instalación de punto de recarga en Madrid deberás saber lo siguiente:
- La infraestructura debe instalarse en territorio español y cumplir con la normativa local (por ejemplo, en viviendas unifamiliares, garajes comunitarios, empresas o vías públicas).
- La instalación debe ser realizada por una empresa homologada que garantice el cumplimiento de la normativa vigente.
- El solicitante debe estar empadronado o tener sede en la Comunidad Autónoma donde solicita las ayudas (en este caso, Madrid).
- Presentar un Certificado de Residencia Fiscal en España.
- Cada beneficiario puede realizar una solicitud por vehículo o instalación, aunque se pueden acumular diferentes ayudas dentro del plan.
¿Quién puede beneficiarse del Plan Moves III?
Tanto si eres particular o comunidad de vecinos, como si eres empresa o autónomo puedes beneficiarte de esta subvención siempre y cuando reúnas una serie de requisitos establecidos en el programa.
Centrándonos en la instalación de los puntos de recarga para coches eléctricos en Madrid, tendremos un importe subvencionable diferente si eres particular o si eres una empresa. Vamos a conocer en detalle cada caso:
Particulares y comunidad de vecinos
Para los particulares, la Comunidad de Madrid ofrece una subvención para la instalación de hasta un 70% de descuento en el coste de instalación de puntos de recarga, aumentando hasta un 80% en poblaciones de menos de 5.000 habitantes.
Empresas
Para el caso de las empresas, el porcentaje de subvención varía entre el 20 y el 50% del coste de instalación, dependiendo del tamaño de la empresa y la potencia del punto de recarga instalado.
¿Cuál es la fecha límite del Plan Moves III en Madrid?
El Plan MOVES III estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2024, o hasta que se agoten los fondos asignados. Si estás en Madrid, es importante actuar rápido para no perder esta oportunidad.
¿Se deben declarar las subvenciones en la declaración de renta?
Sí, las ayudas del Plan MOVES III están consideradas un ingreso y deben ser incluidas en tu declaración de la renta o en el impuesto de sociedades si eres una empresa.
Como carácter general para quienes tienen ingresos hasta 12.450 euros, la tributación será del 19%, hasta 20.200 euros, la tributación será de 24%, y hasta 35.200 la tributación será del 37%. Por este motivo, es muy importante incluir la subvención recibida en la próxima declaración de renta.
Se espera que para el futuro Plan Moves IV, se hagan cambios respecto a la tributación para que no deban ser incluidas en la declaración de renta. Sin embargo, si solicitas las ayudas del Plan Moves III en Madrid, tendrás que declararlas en tu Declaración de renta.
¿Cómo se solicitan las ayudas del Plan Moves III en la Comunidad de Madrid?
El proceso para solicitar las ayudas del Plan MOVES III es sencillo y accesible, principalmente porque la gestión recae en la empresa encargada de instalar tu cargador eléctrico. Solo necesitas seguir estos pasos:
1. Contrata una empresa instaladora certificada que cuente con los permisos necesarios para tramitar la ayuda en tu nombre.
2. La empresa se encargará de completar el formulario de solicitud de manera online.
3. Es necesario reunir y presentar toda la documentación requerida por la Comunidad de Madrid, incluyendo el Certificado de Residencia Fiscal en España, la memoria técnica de la instalación, los esquemas eléctricos y la correspondiente certificación.
4. Una vez presentada toda la documentación, se debe esperar la evaluación y revisión del expediente, un proceso que puede tardar entre 6 y 8 meses.
Aunque estos son los pasos principales para solicitar las ayudas del Plan MOVES III en Madrid, es importante tener en cuenta que los tiempos de evaluación podrían extenderse. Por eso, contar con una empresa especializada que gestione el proyecto de principio a fin resulta fundamental para evitar complicaciones.
¿Está previsto un nuevo Plan Moves IV?
El Plan Moves III, vigente desde el 23 de julio de 2021, ha sido prorrogado hasta el 31 de julio de 2024. Se espera que, al finalizar, se apruebe el Plan Moves IV. Entrando en vigor a principios de 2025 un nuevo plan de subvenciones para seguir promoviendo la movilidad sostenible y la adopción de vehículos eléctricos en España. Con la llegada del programa Moves 4, se anticipan muchas mejoras en comparación con las ediciones anteriores, con el propósito de alcanzar el objetivo de superar los 5,5 millones de vehículos eléctricos circulando por las carreteras de España.
Se prevé que el Plan Moves IV se lleve a cabo después del 31 de diciembre de 2024, aunque de momento no ha sido confirmado oficialmente.
Sabemos que gestionar estas ayudas puede ser todo un desafío, pero en Fotoenergy nos encargamos de todo para que solo te preocupes de disfrutar de los beneficios de la movilidad sostenible. Desde la presentación de documentos hasta el seguimiento del trámite, te acompañamos en cada paso del proceso.
Solicita tu subvención antes del 31 de diciembre de 2024 para poder disfrutar de tu punto de recarga para tu vehículo eléctrico o híbrido enchufable.